martes, 18 de octubre de 2011

Fiabilidad de la información: publicidad engañosa y hoax.




La ley  entiende por engañosa la publicidad que silencia datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios, siempre que dicha omisión induzca al error a los destinatarios.
Existen varios tipos de publicidad engañosa:
-Publicidad ilícita: la que ataca a la personalidad humana o ataque los valores humanos de la Constitución
-Publicidad subliminal: pueda actuar sobre el público sin necesidad de ser percibida.
-Publicidad de bienes o servicios: publicidad de materiales, sanidad.
 
La figura legal de publicidad engañosa está consagrada en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores y sanciona la publicidad que induce a error o engaño sobre las características relevantes de un producto o servicio que se ofrece en el mercado.
 
 ¿Qué es un HOAX Infórmatico? (Bulo)

Es un mensaje de correo electrónico con contenido falso o engañoso y atrayente. Normalmente es distribuido en cadena por sus sucesivos receptores debido a su contenido impactante, a que parece provenir de una fuente seria y fiable o porque el mismo mensaje pide ser reenviado.

 Hoax: ¿Cómo actuar? 

Cuando recibimos una información “llamativa” en nuestro correo, deberíamos ante todo verificarla. Un simple rastreo de la noticia en cualquier buscador suele ser suficiente. Si decidimos reenviarla, es conveniente iniciar un nuevo mensaje: “Redactar”, no “Reenviar”. Añadamos las direcciones de nuestros amigos usando la opción CCO (Con Copia Oculta).

Otra actitud sensata es no dar siempre por cierto y verdadero todo cuanto recibamos de nuestros amigos, hay que tener en cuenta que nuestro amigo no es el autor de esa cadena, sino uno más de sus inocentes difusores.


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